Radicado: 73001-2333-000-2022-00003-00 (71482) Ejecutantes: Alianza Fiduciaria S.A. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Consejero ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Ejecutivo Radicación: 73001-2333-000-2022-00003-00 (71482) Ejecutante: Alianza Fiduciaria S.A. Ejecutado: Nación – Fiscalía General de la Nación Tema: Se remite el expediente al despacho a cargo de la consejera de Estado María Adriana Marín porque la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado fue quien profirió la sentencia que constituye el título ejecutivo.
AUTO 1.- En el presente proceso se pretende el cumplimiento forzoso de la condena impuesta en la sentencia del 26 de mayo de 2016 proferida en segunda instancia por la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado y cuyo despacho ponente fue el que estuvo a cargo del ex consejero de Estado Hernán Andrade Rincón. 2.- Librada la orden de pago y surtido el trámite procesal correspondiente, el 14 de marzo de 2024 el Tribunal Administrativo del Tolima dictó sentencia de primera instancia en la que declaró probada la excepción de pago total de la obligación. La ejecutante recurrió en reposición y en subsidio apelación dicha providencia. 3.- Por auto del 11 de junio de 2024 el tribunal rechazó por improcedente la reposición y concedió la apelación ante el Consejo de Estado. 4.- Así las cosas, debido a que fue la Subsección A de la Sección Tercera de esta Corporación la que profirió la sentencia que constituye el título ejecutivo, será necesario que el expediente sea remitido por conocimiento previo y en virtud del criterio de conexidad al despacho que actualmente se encuentra a cargo de la consejera de Estado María Adriana Marín, para lo de su cargo.
Por lo anterior, el despacho
RESUELVE
PRIMERO: Por Secretaría REMÍTASE el expediente al despacho a cargo de la consejera de Estado María Adriana Marín, para lo de su cargo. Radicado: 73001-2333-000-2022-00003-00 (71482) Ejecutantes: Alianza Fiduciaria S.A.
SEGUNDO: La presente providencia será notificada mediante estado electrónico.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado