Micelio
11001031500020220096000Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2022-02-08

Radicación interna: 1304 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Antonio Jose Paris Marquez·Demandado: Comision Nacional De Disciplina Judicial

Radicado: 11001-03-15-000-2022-00960-00 Accionante: Antonio José Paris Márquez Admite la acción de tutela CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., catorce (14) de febrero de dos mil veintidós (2022) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-00960-00 Accionante: Antonio José París Márquez Accionado: Comisión Nacional de Disciplina Judicial Tema: Acción de tutela contra providencia judicial / Admisión de la tutela / Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.

AUTO Antonio José París Márquez interpuso –a través de apoderado judicial– una acción de tutela para obtener el amparo de su derecho fundamental al debido proceso. A juicio del accionante, este derecho fue vulnerado por la sentencia proferida el 9 de diciembre de 2021 por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial dentro del proceso de radicado No. 73001-11-02-002-2016-00363-01.

Mediante dicha providencia, se confirmó parcialmente la sentencia proferida el 16 de diciembre de 2020 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura – Seccional Tolima, por medio de la cual se declaró disciplinariamente responsable al accionante y se impuso en su contra una sanción. Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: Primero. Admitir la acción de tutela presentada por el señor Antonio José París Márquez contra la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

Segundo. Notificar la presente providencia a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que dentro de un término de dos (2) días, contados a partir de la notificación, se pronuncie sobre las pretensiones y los hechos de la acción de tutela. Radicado: 11001-03-15-000-2022-00960-00 Accionante: Antonio José Paris Márquez Admite la acción de tutela Tercero. En calidad de tercero con interés, notificar al señor Óscar Lozano Sánchez, en condición de gerente liquidador y representante legal de Electrolima S.A. E.S.P. Cuarto. Las anteriores notificaciones se realizarán vía correo electrónico y los anexos se incluirán como archivo adjunto del mismo modo.

Los pronunciamientos de los notificados deberán remitirse por correo electrónico a la dirección indicada por la Secretaría General en el momento de la notificación. Quinto. Requerir a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que allegue –en medio digital– las piezas del expediente disciplinario de radicado No. 73001-11-02-002- 2016-00363-01, no aportadas por el accionante con la tutela que estime indispensables para resolverla, siempre que cuente con copia digital de ellas o que sea posible su remisión del mismo modo.

La autoridad cuenta con un término de dos (2) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia, para aportar la información que considere pertinente. La anterior información se recibirá a través de correo electrónico, en la dirección electrónica que indique la Secretaría General de esta Corporación. Sexto. Exhortar al accionante para que –por correo electrónico y en forma digital– allegue las piezas del proceso que se encuentran en su poder y que estime necesarias para resolver el amparo solicitado, advirtiéndole que la falta de pruebas que acrediten la vulneración de su derecho impedirá al despacho decidir oportunamente su petición y, eventualmente, podrá generar las consecuencias derivadas de la aplicación de las reglas de la carga de la prueba.

Séptimo. Una vez recibida la información solicitada y cumplido el plazo para que las partes presenten sus informes, la Secretaría General remitirá al despacho –vía correo electrónico– las respuestas y documentos que se alleguen, para resolver. Octavo. Reconocer al abogado Santos Alirio Rodríguez Sierra, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.193.283 de Bogotá y portador de la tarjeta profesional No. 75.234 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado judicial del accionante, en los términos del poder conferido (fol. anexo digital).

Noveno. Publíquese la presente providencia en la página web de la Corporación. Radicado: 11001-03-15-000-2022-00960-00 Accionante: Antonio José Paris Márquez Admite la acción de tutela

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado