Micelio
05001233100020110081501Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2016-05-12

Radicación interna: 57104 · ACCION DE REPARACION DIRECTA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Hotel Porton De Oviedo S.A., Copropiedad Centro De Negocios Las Villas·Demandado: Municipio De Medellin

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, catorce (14) de julio de dos mil veintitrés (2023). Magistrado ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Expediente: 05001-23-31-000-2011-00815-01 (57.104) Demandante: HOTEL PORTÓN DE OVIEDO Y OTRO Demandado: MUNICIPIO DE MEDELLÍN Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA ACLARACIÓN DE VOTO Si bien comparto la decisión aprobada por la mayoría de la Subsección de confirmar la sentencia apelada que negó las pretensiones de la demanda, aclaro mi voto en el sentido de precisar que ante el hecho de no haberse demostrado la existencia de un daño antijurídico no debió realizarse el estudio de los perjuicios, pues, este solo es posible y útil una vez se encuentra acreditado el daño y su imputación a la entidad demandada.

FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia. la presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022.