Micelio
25000234100020140081001Consejo de Estado · Sección PrimeraAclaración voto2016-03-01

LEY 1437 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Ponente: Oswaldo Giraldo Lopez

Actor: Hydros Melgar S. En C.A. Esp·Demandado: Superintendencia De Servicios Publicos Domiciliarios

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Referencia: Medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho Radicación núm.: 25000 23 41 000 2014 00810 01 Consejero Ponente: Oswaldo Giraldo López Demandante: Hydros Melgar S. en C.A. E.S.P. Demandada: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Aclaración de voto Con el acostumbrado respeto frente a las decisiones mayoritarias de la Sección Primera del Consejo de Estado, me permito aclarar el voto respecto de la sentencia de 24 de octubre de 2024, proferida dentro del proceso de la referencia. Para tal propósito, me remito a las razones expuestas por este Despacho en la aclaración de voto realizada dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicación núm. 25000-23-41-000-2012-00549- 01, en cuanto no procedía la condena en costas por concepto de agencias en derecho.

Fecha ut supra GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.