Micelio
11001031500020230606100Consejo de Estado · Sección QuintaAuto interlocutorio2023-10-05

Radicación interna: 9466 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Omar Joaquín Barreto Suárez

Actor: Oscar Fernando Quintero Mesa·Demandado: Presidencia De La Republica Y Otro

Demandante: Oscar Fernando Quintero Mesa Demandados: Presidencia de la República y otro Radicado: 11001-03-15-000-2023-06061-00 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado Ponente: OMAR JOAQUÍN BARRETO SUÁREZ Bogotá D. C., dieciséis (16) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-06061-00 Demandante: OSCAR FERNANDO QUINTERO MESA Demandado: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y OTRO AUTO QUE RECHAZA DEMANDA Mediante auto de 6 de octubre de 2023 el Despacho inadmitió la acción de tutela de la referencia, con el fin de que el señor Oscar Fernando Quintero Mesa i) precisara de forma clara el motivo por el cual considera que la Presidencia de la República y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) lesionaron su derecho fundamental de petición, ii) aportara las solicitudes presentadas ante estas entidades e iii) informara su lugar de residencia o la dirección electrónica a la cual se pueden surtir las notificaciones.

La mencionada providencia fue comunicada el 30 de octubre del presente año a la dirección desde la cual se remitió la acción constitucional, a saber, oscarfernandoquinteromesa161@gmail.com. Sin embargo, el accionante no emitió pronunciamiento alguno. En tales condiciones, la solicitud de tutela será rechazada al tenor de lo previsto en el artículo 17 del Decreto Ley 2591 de 1991, al no haberse cumplido con la carga procesal que le correspondía en el sentido de subsanar las falencias advertidas e informadas al actor.

Por lo expuesto, se RESUELVE Primero: Recházase la acción de tutela de la referencia, por no haber sido corregida. Segundo: Notifíquese esta decisión al actor, por el medio más expedito y eficaz. Tercero: En firme este proveído, remítase el expediente de la referencia a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE OMAR JOAQUÍN BARRETO SUÁREZ Magistrado «Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en el siguiente enlace: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/Casos/procesos.aspx»