Micelio
11001031500020220149100Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2022-03-07

Radicación interna: 2154 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martinez

Actor: Betsy Patricia Bernat Fernandez·Demandado: Comision Nacional De Disciplina Judicial

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, quince (15) de febrero de dos mil veintitrés (2023). Magistrado Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 11001-03-15-000-2022-01491-00 Demandantes: BETSY PATRICIA BERNAT FERNÁNDEZ Demandados: COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL Medio de control: ACCIÓN DE TUTELA Asunto: ADMITE DEMANDA Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por los Decretos 1983 de 2017 y 333 de 2021 dispónese: 1º) Admítese la demanda de tutela presentada por la señora Betsy Patricia Bernat Fernández en contra de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial con el objeto de que se ampare la presunta violación de sus derechos fundamentales del debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia. 2°) Notifíquese al presidente y magistrados integrantes de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, entregándoles copia de la demanda y los anexos. 3°) Por asistirles interés jurídico en el proceso vincúlase y notifíquese al presidente y magistrados integrantes de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca, entregándoles copia de la demanda y los anexos. 2 Expediente: 11001-03-15-000-2022-01491-00 Demandante: Betsy Patricia Bernat Fernández Acción de tutela 4º) Las notificaciones deberán hacerse por la Secretaría de conformidad con el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 mediante telegrama, telefónica, electrónicamente o por cualquier otro medio expedito y eficaz. 5°) Infórmase a las partes demandadas y a los terceros con interés que una vez notificados cuentan con el término de tres (3) días para que por el medio más expedito rindan informe sobre los hechos objeto de la presente acción. 6°) Por Secretaría General solicítese a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca y/o a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, según quien lo tenga en su poder, para que remita copia magnética del expediente correspondiente al proceso disciplinario con radicación 76001-11-02-000-2018-01517-00 que se adelantó en contra de Betsy Bernat Fernández. 7º) Ténganse como pruebas con el valor que les asigna la ley los documentos allegados con la demanda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia. La presente providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022.