CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Bogotá D.C, veintiocho (28) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Radicación: 19001-23-31-000-2000-04284-02 (71.646) Actor: Martha Leonor Bravo Rojas y otros Demandado: Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional Referencia: Reparación directa Por cumplir lo establecido en el artículo 213 del CCA, modificado por el artículo 68 de la Ley 1395 de 2010, y reunir los demás requisitos legales1, se ADMITE el recurso de apelación oportunamente interpuesto por la parte demandante, contra el auto del 7 de junio de 2024 proferido por el Tribunal Administrativo del Cauca, a través del cual se resolvió el incidente de liquidación de perjuicios2.
Por Secretaría de Sección, DEJAR a disposición de la parte contraria, durante tres (3) días, el memorial que sustenta el recurso de apelación.
NOTIFÍQUESE por estado electrónico esta providencia a las partes, en atención a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 2213 de 2022 y, personalmente al representante del Ministerio Público.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ VF 1 La sustentación del recurso obra a folios 209 a 212 del cuaderno principal. 2 Mediante auto del 18 de julio de 2024, el Tribunal Administrativo de Cauca concedió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe de forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.
Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai.