CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN C Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ (E) Bogotá, D.C., veintiuno (21) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-06943-00 Accionante: Juan Sebastián Monsalve González Accionado: Tribunal Administrativo de Santander Referencia: Acción de tutela – Admisión El señor Juan Sebastián Monsalve González, en nombre propio, presentó demanda de tutela contra el Tribunal Administrativo de Santander, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales a la defensa, de acceso a la administración de justicia, al debido proceso, a la igualdad y a la prevalencia del derecho sustancial.
Estima que tales prerrogativas fueron vulneradas por el Tribunal accionado al proferir la sentencia del 27 de septiembre de 2023, en el marco del medio de control de defensa de derechos e intereses colectivos1 que promovió contra el municipio de Piedecuesta y el Departamento de Santander. Por reunir los requisitos legales, el Despacho: R E S U E L V E PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: VINCULAR al presente proceso al municipio de Piedecuesta, al Departamento de Santander, a Construvías de Colombia SA - Construvicol SA y a Teodoro Manosalva Ayala, en calidad de terceros interesados.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: REQUERIR al Juzgado Octavo Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga para que remita, en medio magnético, copia del expediente identificado con el número de radicado 68001-33-33-008-2020-00204-01.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al Tribunal Administrativo de Santander, a al municipio de Piedecuesta, al Departamento de Santander y Construvías de Colombia SA - Construvicol SA. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las respectivas direcciones de correo electrónico, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, la autoridad 1 Identificado con número de radicado 68001-33-33-008-2020-00204-01.
Radicación: 11001-03-15-000-2023-06943-00 Accionante: Juan Sebastián Monsalve González Accionado: Tribunal Administrativo de Santander Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 accionada rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y los terceros con interés ejerzan sus derechos de contradicción y defensa.
SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante por correo electrónico.
SÉPTIMO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE2 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 2 VF