Radicado: 76001-23-31-000-2005-02327-01 (55965) Demandantes: Ferney Alberto Polo Aragón y otra CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil veintidós (2022) Radicación: 76001-23-31-000-2005-02327-01 (55965) Demandantes: Ferney Alberto Polo Aragón y otra Demandados: Hospital Universitario del Valle y otros Referencia: Acción de reparación directa Tema: Falla del servicio en responsabilidad médica Aclaración de voto del magistrado Martín Bermúdez Muñoz Comparto la decisión de confirmar la sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de la demanda.
Sin embargo, aclaro mi voto porque no estoy de acuerdo con acudir a la noción de <<falla del servicio>> para sustentar que no se probó que Hospital demandado hubiera incurrido en las omisiones que la parte actora refirió en la demanda. 1.- En virtud del artículo 90 de la C.P., la responsabilidad del Estado sólo requiere que exista un daño que haya sido causado por una acción u omisión de una autoridad pública. 2.- En este caso no se acreditaron omisiones en la prestación del servicio y está probado que el daño que sufrió la paciente fue consecuencia de los riesgos propios de la cirugía. Fecha ut supra, Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado