CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., nueve (9) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Número único de radicación: 11001-03-24-000-2023-00256-00 Actores: DARY MARÍA RIVERO Y OTROS Asunto: rechaza demanda AUTO INTERLOCUTORIO El Despacho, mediante auto de 21 de junio de 2024, le concedió a la parte actora un término de diez (10) días para que corrigiera su demanda, en el sentido de aportar el documento que permitiera establecer la existencia y representación legal de la Fundación Nueva Democracia, dado que manifestaron actuar en nombre de la misma, y acreditar su condición de abogados o, en su defecto, allegar el respectivo poder otorgado a algún profesional del derecho que representara a dicha persona jurídica en el presente proceso judicial, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 159, 160 y 166, numeral 4, del CPACA.
Asimismo, se le ordenó acreditar la remisión por correo electrónico de la copia de la demanda y sus anexos a la entidad que expidió el Número único de radicación: 11001-03-24-000-2023-00256-00 Actores: DARY MARÍA RIVERO Y OTROS 2 acto administrativo controvertido, de conformidad con el numeral 8 del artículo 162 del CPACA, adicionado por el artículo 35 de la Ley 2080 de 25 de enero de 20211.
El término para corregir la demanda corrió del 28 de junio al 12 de julio de 2024, plazo dentro del cual la parte actora no hizo manifestación alguna, de conformidad con el informe secretarial obrante en el índice 19 del expediente digital registrado en el aplicativo SAMAI. Conforme con lo anterior, el Despacho rechazará la demanda de la referencia, como quiera que la parte actora no corrigió la misma dentro del término establecido en el proveído de 21 de junio de 2024, de acuerdo con lo previsto en el numeral 2 del artículo 169 del CPACA.
En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria: R E S U E L V E: RECHÁZASE la demanda presentada por la parte actora. 1 “Por medio de la cual se reforma el código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo -ley 1437 de 2011- y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.” Número único de radicación: 11001-03-24-000-2023-00256-00 Actores: DARY MARÍA RIVERO Y OTROS 3 Ejecutoriada esta providencia, archívese la actuación.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera