Micelio
11001031500020230326800Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2023-06-16

Radicación interna: 5068 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Juan Enrique Bedoya Escobar

Actor: Hermann Gustavo Garrido Prada·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Primera Subseccion A

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B Bogotá D.C., veintiuno (21) de junio de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-03268-00 Demandante: Hermann Gustavo Garrido Prada Demandado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A AUTO QUE ADMITE Se encuentra el proceso al despacho para decidir sobre la posibilidad de admitir la solicitud de amparo constitucional presentada por Hermann Gustavo Garrido Prada, por la presunta vulneración de sus derechos y garantías fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia, con ocasión de la falta de impulso en que ha podido incurrir el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A, en el expediente de protección de derechos e intereses colectivos identificado con el radicado 25000-23-41-000- 2022-00702-00.

Revisada la solicitud de la referencia, el despacho considera que cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 14 del Decreto 2591 de 1991 y 1 del Decreto 333 de 2021. En consecuencia, Resuelve Primero. Admitir la solicitud de tutela instaurada por Hermann Gustavo Garrido Prada contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A. Segundo. En calidad de terceros con interés, vincular a la presente solicitud de tutela, a la Nación- Ministerio de Relaciones Exteriores y a Alfredo Rangel Suarez.

Tercero. Por la Secretaría General de la corporación: • Notificar, por el medio más expedito y a la mayor brevedad, a la autoridad demandada de la admisión de la presente solicitud de amparo, para lo cual deberá hacerle llegar copia de esta, para que, si a bien lo tiene, dentro de los 2 días siguientes al recibo de la notificación de esta providencia rinda informe sobre los hechos planteados.

Expediente: 110010315000-2023-03268-00 Demandante: Hermann Gustavo Garrido Prada 2 • Notificar, por el medio más expedito y a la mayor brevedad, a los terceros con interés. Cuarto.Tener como pruebas los documentos allegados con el escrito de tutela. Notifíquese y Cúmplase JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Firmado electrónicamente Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador