rr Demandante: Oscar Guerrero López Demandado: Comisión Nacional de Disciplina Judicial Radicado: 11001-03-15-000-2023-01662-00 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado ponente: CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Bogotá D.C., doce (12) de abril de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-01662-00 Demandante: OSCAR GUERRERO LÓPEZ Demandado: COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL AUTO ADMISORIO Mediante correo remitido el 31 de marzo de 2023 por parte del Juzgado 17 de Familia de Oralidad de Bogotá a la Secretaría General del Consejo de Estado, el señor Oscar Guerrero López, en nombre propio, interpuso acción de tutela contra la Comisión Nacional de Disciplina Judicial con el fin de que le sean protegidos sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a la recta administración de justicia. Sostuvo que dichas garantías le han sido vulneradas por la autoridad accionada, al proferir la decisión del 2 de noviembre de 2022 que confirmó la sentencia del 28 de noviembre de 2019, dictada por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, dentro del proceso disciplinario con radicado 2018-00037.
El Consejo de Estado conoce de las acciones de tutela promovidas contra la Comisión Nacional de Disciplina Judicial según el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015 "[p]or medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho", modificado por el artículo 1º del Decreto 333 de 2021, y como la aquí presentada lo es contra de dicha entidad, es competente esta Sección para conocerla y fallarla.
Como la solicitud cumple con los requisitos que señala el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se:
RESUELVE
Primero: Admítese la acción de tutela interpuesta por el señor Oscar Guerrero López, contra la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Segundo: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz a los miembros que integran la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá D.C., y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, quienes podrán contestar la presente acción y allegar los documentos que pretendan hacer valer como prueba, dentro de los tres rr Demandante: Oscar Guerrero López Demandado: Comisión Nacional de Disciplina Judicial Radicado: 11001-03-15-000-2023-01662-00 2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio.
Tercero: Ténganse como pruebas las aportadas por la parte actora con la presente acción de tutela, documentos que reposan en el Sistema de Gestión Judicial SAMAI. Cuarto: Solicítese a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá D.C., que allegue vía electrónica al correo de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente del proceso disciplinario con radicado 11001110200020180003700/01.
Quinto: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz esta decisión a la parte actora.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Magistrado “Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081”