Micelio
11001032400020210053600Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2021-10-06

Radicación interna: 857 · LEY 1437 NULIDAD

Ponente: Hernando Sanchez Sanchez

Actor: Gabriel Andres Suarez Gomez·Demandado: Departamento Administrativo De La Presidencia De La Republica

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA CONSEJERO PONENTE: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Bogotá, D.C., primero (1.°) de febrero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Medio de control de nulidad Número único de radicación: 110010324000 2021 00536 00 Demandante: Gabriel Andrés Suárez Gómez Demandada: Nación – Gobierno Nacional1 Asunto: Resuelve sobre el retiro de la demanda AUTO INTERLOCUTORIO Este Despacho procede a resolver sobre el retiro de la demanda presentada por el señor Gabriel Andrés Suárez Gómez contra la Nación – Gobierno Nacional.

I.

ANTECEDENTES 1. El señor Gabriel Andrés Suárez Gómez2 presentó demanda3 contra la Nación – Gobierno Nacional, en ejercicio del medio de control de nulidad4, para que se declare la nulidad5 del inciso 3.º (parcial) del artículo 1.º, el numeral 9.º del artículo 5.º, los incisos 2.º y 4.º (parcial) del numeral 1.º y el inciso 4.º del numeral 2.º del artículo 6.º del Decreto núm. 838 de 23 de marzo de 2005, “[…] por el cual se modifica el Decreto 1713 de 2002 sobre disposición final de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones […], expedido por el Presidente de la República y la Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, quienes conforman el Gobierno Nacional en el presente caso. 1 Conformado por el Presidente de la República y el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 2 En nombre propio. 3 Cfr. índice núm. 2 de Samai. 4 Previsto en el artículo 137 de la Ley 1437 de 18 de enero de 2011, “[…] Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo […]”. 5 Cfr. índice núm. 2 de Samai. 2 Número único de radicación: 110010324000 2021 00536 00 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2.

El demandante, mediante escrito recibido en la Secretaría de la Sección Primera de esta Corporación6, manifestó retirar la demanda. II. CONSIDERACIONES 3. Visto el artículo 1747, en especial, el inciso 1.°, de la Ley 1437 de 18 de enero de 20118, sobre retiro de la demanda; el demandante podrá retirar la demanda siempre que no se hubiere notificado a ninguno de los demandados ni al Ministerio Público. 4.

Atendiendo a que, en el caso sub examine, no se ha admitido la demanda y no se han decretado medidas cautelares, este Despacho considera que procede su retiro y, en ese sentido, se aceptará y se ordenará a la Secretaría de la Sección Primera de la Corporación que devuelva los anexos de la demanda, de conformidad con el artículo 1749 de la Ley 1437.

En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria, III.

RESUELVE

PRIMERO: ACEPTAR el retiro de la demanda presentada por el señor Gabriel Andrés Suárez Gómez contra la Nación – Gobierno Nacional, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: Una vez ejecutoriada esta providencia, se ordena a la Secretaría de la Sección Primera de la Corporación DEVOLVER los anexos al demandante.

TERCERO: Cumplido lo anterior, se ordena a la Secretaría de la Sección Primera del Consejo de Estado ARCHIVAR el proceso de la referencia dejando las correspondientes anotaciones de ley. 6 Cfr. índice núm. 4 de Samai. 7 Modificado por el artículo por el artículo 36 de la Ley 2080 de 25 de enero de 2021, “[…] Por medio de la cual se Reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo –Ley 1437 de 2011– y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción […]”. 8“[…] Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo […]”. 9 Ibidem 3 Número único de radicación: 110010324000 2021 00536 00 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Consejero de Estado