CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veinticinco (25) de febrero de dos mil veintidós (2022) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-01315-00 Referencia: Acción de tutela Actora: JENNY JULIET VIDAL DELGADO Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por la señora JENNY JULIET VIDAL DELGADO contra la sociedad INGENIERÍA ELECTRÓNICA DEL HUILA S.A.S2, la UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA3 y el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA y la UNIDAD DE REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al trabajo, a la dignidad humana, a la familia y a la libre escogencia de profeción y/u oficio, por cuanto no ha recibido de estas dos últimas autoridades una respuesta de fondo, 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 “[…] Ordenar a la empresa INGENIERÍA ELECTRÓNICA DEL HUILA S.A.S NIT: 813008121-9, a realizar los pagos de salarios y prestaciones omitidos según el contrato suscrito como JUDICANTE con fecha de inicio 03 de septiembre de 2020 y finalización 02 de junio de 2021, por un total de 9 meses, para realizar labores de naturaleza jurídica dentro de la empresa, tomando como base el SMLMV, así como realizar las cotizaciones al SGSSI, salud y pensiones, según requerimiento realizado por el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA – Unidad Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia […]”. 3 “[…] a la UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA SEDE NEIVA NIT 860.029.924-7, para que emita concepto y aporte los documentos que se requieran para aclarar los hechos según lo narrado en la presente acción […]”.
Id Documento: 11001031500020220131500005025210017 Id Documento: 11001031500020220131500005025210033 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-01315-00 Actora: JENNY JULIET VIDAL DELGADO Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co clara y concreta a las solicitudes que les envió, vía electrónica, el 16 de junio de 2021 y 14 de febrero de 2022, en las que requirió el reconocimiento y certificación de la práctica jurídica.
En consecuencia, se dispone: a): Notifíquese al representante legal de la sociedad Ingeniería Electrónica del Huila S.A.S, al Rector de la Universidad Cooperativa de Colombia, a la Directora de la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia y a los magistrados de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en derecho, los documentos aportados por la actora con la solicitud de tutela. c): Ofíciese a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y a la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia para que informen, en el término de la distancia, sobre el trámite impartido a las solicitudes presentadas Id Documento: 11001031500020220131500005025210017 Id Documento: 11001031500020220131500005025210033 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-01315-00 Actora: JENNY JULIET VIDAL DELGADO Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co por la actora, vía electrónica el 16 de junio de 2021 y 14 de febrero de 2022.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera Id Documento: 11001031500020220131500005025210017 Id Documento: 11001031500020220131500005025210033