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11001031500020220086600Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2022-02-03

Radicación interna: 1139 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martinez

Actor: Jaime David Florez Salazar·Demandado: Consejo Superior De La Judicatura Y Otros

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, siete (7) de febrero de dos mil veintidós (2022) Magistrado Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 11001-03-15-000-2022-00866-00 Demandante: JAIME DAVID FLOREZ SALAZAR Demandado: DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE NEIVA Y OTRO Medio de control: ACCIÓN DE TUTELA El señor Jaime David Flórez Salazar presentó acción de tutela por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al trabajo, igualdad y seguridad social presuntamente vulnerados por el Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Neiva y el Juzgado Quinto Penal Municipal de Florencia. No obstante, luego de revisar el escrito de tutela advierte este despacho que si bien el actor enunció como demandado al Consejo Superior de la Judicatura lo cierto es que sus pretensiones se dirigieron de manera directa a cuestionar las actuaciones de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Neiva y del Juzgado Quinto Penal Municipal de Florencia. En consecuencia se advierte que el Consejo de Estado no es el competente para conocer la presente acción de conformidad con el numeral 6 del artículo 1° del Decreto 333 de 2021 que dispone lo siguiente: “ARTÍCULO 1°.

Modificación del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015. Modifíquese el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, el cual quedará así: "ARTÍCULO 2.2.3.1.2.1. Reparto de la acción de tutela. Para los efectos previstos en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, conocerán de la acción de tutela, a prevención, los jueces con jurisdicción donde ocurriere la violación o la amenaza que motivare la presentación de la solicitud o donde se produjeren sus efectos, conforme a las siguientes reglas: ( ) 6.

Las acciones de tutela dirigidas contra los Consejos Seccionales de la Judicatura y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial serán repartidas, 2 Expediente: 11001-03-15-000-2022-00866-00 Demandante: Jaime David Flórez Salazar Acción de tutela para su conocimiento en primera instancia, a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial.”

RESUELVE

1°) Remítase de manera inmediata la acción de tutela interpuesta por el señor Jaime David Flórez Salazar a la Oficina de Reparto del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Neiva Huila. 2°) Por Secretaría General notifíquese inmediatamente a la parte actora, previas las anotaciones a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia. La presente providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 del Decreto Legislativo 806 de 2020.