Micelio
11001031500020250487200Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2025-08-06

Radicación interna: 7663 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Germán Eduardo Osorio Cifuentes

Actor: Yorman Fernando Camacho Paredes·Demandado: Fiscalia General De La Nacion

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá D.C., doce (12) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2025-04872-00 Accionante: YORMAN FERNANDO CAMACHO PAREDES Auto que remite Al entrar a estudiar sobre la admisión de la demanda de tutela de la referencia, el Despacho advierte que su objeto está encaminado a que se protejan los derechos fundamentales a la dignidad humana, al mínimo vital y a la vida, que a juicio del accionante, le fueron vulnerados por la Fiscalía General de la Nación con la falta de “[…] respuesta […]” frente a las denuncias que ha presentado “[…] por varios delitos causados como AMENAZAS.

CALUMNIA- EXTORSION - ESTAFA- INJURIA- SECUESTRO- entre otros […] contra el municipio el Zulia y en el Departamento Norte de Santander […]”. De lo precedente se deriva que la entidad que presuntamente está infringiendo los derechos fundamentales cuyo amparo se solicita es la Fiscalía General de la Nación, por lo que según lo previsto en el numeral 21 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 26 de mayo de 2015, se remitirá el expediente a la oficina de reparto de los Juzgados Administrativos del Circuito de Cúcuta.

En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria,

RESUELVE

Por Secretaría General REMITIR el expediente de la referencia a la oficina de reparto de los Juzgados Administrativos del Circuito de Cúcuta.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES Consejero de Estado 1 Modificado por el artículo 1°. del Decreto 0799 de 9 de julio de 2025.