CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Número único de radicación: 11001-03-24-000-2016-00382-00 Actor: OSCAR ALEJANDRO GOYES VITERI Asunto: reconoce coadyuvante AUTO INTERLOCUTORIO El señor MATEO PIÑEROS VARGAS, mediante escrito visible en el índice 62 del expediente digital, solicita ser tenido como coadyuvante de la parte actora en el presente proceso.
Para resolver, se considera: El artículo 223 del CPACA señala que en los procesos que se tramiten con ocasión de pretensiones de simple nulidad, desde la admisión de la demanda y hasta en la audiencia inicial, cualquier persona podrá pedir que se la tenga como coadyuvante del demandante o del demandado. Comoquiera que en el caso sub lite aún no se ha llevado a cabo la audiencia inicial, resulta oportuna la solicitud de coadyuvancia objeto del presente pronunciamiento. 2 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2016-00382-00 Actor: OSCAR ALEJANDRO GOYES VITERI Por tal razón, el Despacho tendrá como coadyuvante de la parte actora al señor MATEO PIÑEROS VARGAS, de conformidad con el escrito obrante en el índice 62 del expediente digital.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera