w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., veintidós (22) de agosto de dos mil veintidós (2022) Radicado: 11001-03-15-000-2022-04454-00 Accionante: FÉLIX ALFREDO MORENO BERMÚDEZ Accionado: CONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B Y OTRO AUTO QUE ADMITE Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por el señor Félix Alfredo Moreno Bermúdez, quien actúa por conducto de apoderado, en contra del Tribunal Administrativo del Chocó y del Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección B, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, con ocasión de la expedición de las providencias del 18 de noviembre de 2019; 23 de septiembre de 2020; y 2 de septiembre de 2021, respectivamente, dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con el radicado n° 27001-23-33-000- 2016-90018-01.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo del Chocó y al Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección B como accionados y a la ACC IÓN D E TUT EL A Radicado: 11001-03-15-000-2022-04454-00 Accionante: Félix Alfredo Moreno Bermúdez w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 Nación, Ministerio de Defensa, Policía Nacional, Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional – CASUR – como terceros interesados en las resultas del proceso.
Asimismo,
NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE al Tribunal Administrativo del Chocó para que allegue copia en medio magnético o el respectivo link de acceso al expediente de nulidad y restablecimiento del derecho con el radicado n° 27001- 23-33-000-2016-90018-01, donde fungió como demandante el señor Félix Alfredo Moreno Bermúdez.
SE RECONOCE PERSONERÍA al abogado Jean Ramón Ortiz Estrada, portador de la Tarjeta Profesional n° 127.936 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado del demandante, en los términos y para los fines previstos en el poder que reposa en el expediente.
NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado