REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, veintiséis (26) de enero de dos mil veintidós (2022). Magistrado Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 11001-03-15-000-2022-00592-00 Demandante: ÓSCAR FERNANDO FETECUA RUSINQUE Demandado: MINISTRO DE TRABAJOS Y OTROS Medio de control: ACCIÓN DE TUTELA Asunto: REMITE DEMANDA Por reparto el presente asunto correspondió al Juzgado Trece Penal del Circuito de Bogotá quien, mediante auto del 18 de enero de 2021, avocó conocimiento y negó la medida provisional.
Mediante auto del 21 de enero ordenó la remisión del expediente a esta Corporación por tratarse de acciones de tutelas masivas relacionadas con el amparo de prerrogativas fundamentales respecto de la suspensión de la exigencia del Carné de Vacunación Covid-19. El señor Oscar Fernando Fetecua Rusinque presentó acción de tutela contra la Cámara de Comercio de Bogotá, Ministerio de Salud y Protección Social, Superintendencia Nacional de Salud, Defensoría del Pueblo y Procuraduría General de la Nación, con el fin de que se protejan sus derechos fundamentales a la salud, dignidad humana, vida, libertad e igualdad, intimidad, libre desarrollo de la personalidad, libertad de conciencia, expresión e información, circulación y residencia, trabajo y mínimo vital. 2 Expediente: 11001-03-15-000-2022-00592-00 Demandante: Oscar Fernando Fetecua Rusinque Acción de tutela Ahora, se advierte que el 12 de noviembre de 2021 la Secretaría General de esta Corporación informó que actualmente se están tramitando acciones de tutela con similitud fáctica a la aquí expuesta, las cuales han sido remitidas al despacho del doctor Roberto Augusto Serrato Valdés con el fin de que estudie la posibilidad de acumularlas al proceso con radicación no. 11001-03-15-000-2021-07578-00 por haber sido el primero en admitir una demanda de esta naturaleza1.
Así las cosas, se remitirá este asunto al Magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés de la Sección Primera de esta Corporación para que establezca la posibilidad de decretar la acumulación de procesos conforme lo dispone el artículo 2.2.3.1.3.1. del Decreto 1069 de 2015, adicionado por el artículo 1° del Decreto 1834 de 2015.
RESUELVE
1°) Remítase por Secretaría General el expediente al despacho del magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés, a fin de que, si lo estima pertinente, estudie la posible acumulación al proceso que cursa en su despacho con radicación no. 11001-03-15-000- 2021-07578-00. 2°) Notifíquese al presidente de la Cámara de Comercio de Bogotá, ministro de Salud y Protección Social, Superintendente Nacional de Salud, Defensor del Pueblo y al Procurador General de la Nación entregándoles copia de la demanda y sus anexos. 1 El 10 de noviembre de 2021 admitió la acción de tutela, decisión que se notificó el 11 de noviembre de 2021 3 Expediente: 11001-03-15-000-2022-00592-00 Demandante: Oscar Fernando Fetecua Rusinque Acción de tutela 3°) Por considerar que les asiste interés en el proceso vincúlase y notifíquese al Presidente de la República y al Ministerio del Interior, entregándoles copia de la demanda y los anexos. 4°) Las notificaciones deberán hacerse por la Secretaría de conformidad con el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 mediante telegrama, telefónica, electrónicamente o por cualquier otro medio expedito y eficaz.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia. La presente providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 del Decreto Legislativo 806 de 2020.