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11001031500020220258700Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2022-05-11

Radicación interna: 4077 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Cesar Palomino Cortes

Actor: Carlos Edinson Henao·Demandado: Tribunal Administrativo Del Valle Del Cauca

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C, trece (13) de mayo de dos mil veintidós (2022) Radicación número: 11001-03-15-000-2022-02587-00 Actor: Carlos Edinson Henao Colina Demandado: Tribunal Administrativo de Valle del Cauca Acción de tutela Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la acción de tutela presentada por el señor Carlos Edinson Henao Colina, quien actúa a través de apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo de Valle del Cauca.

En consecuencia: Póngase en conocimiento de la referida autoridad la admisión de la presente demanda de tutela, haciéndole llegar copia de esta, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Vincúlense, por tener interés directo en el resultado de este proceso, al Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali y al Juzgado Catorce (14) Administrativo del Circuito de Cali, para que hagan las manifestaciones que consideren pertinentes, para lo cual se les otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Con el valor que les asigne la Ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.

Id Documento: 11001031500020220258700005025210005 2 Radicado: 11001-03-15-000-2022-02587-00 Actor: Carlos Edinson Henao Colina Demandado: Tribunal Administrativo de Valle del Cauca Por secretaría, ofíciese al Tribunal Administrativo de Valle del Cauca y al Juzgado Catorce (14) Administrativo del Circuito de Cali, para que en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen a través de medio magnético, el expediente contentivo del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, identificado con el radicado número 76001-33- 33-014-2015-00262-01; demandante: Carlos Edinson Henao Colina.

Se reconoce personería al abogado Hernando Morales Plaza, como apoderado de la parte actora, conforme al poder allegado mediante mensaje de datos de 11 de mayo de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Id Documento: 11001031500020220258700005025210005