CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., primero (1o.) de julio de dos mil veintidós (2022) Referencia: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Número único de radicación: 11001-03-24-000-2015-00415-00 Actora: INVERSIONES LUNISE S.A.S. Asunto: corrección de auto por error mecanográfico o de digitación AUTO INTERLOCUTORIO El apoderado del tercero con interés directo en las resultas del proceso, en escrito visible en el índice 111 del expediente digital, solicita la corrección del auto de 1º de abril de dos mil veintidós (2022), en lo concerniente a la hora fijada para llevar a cabo la audiencia de pruebas, toda vez que en el mismo se indicó una hora no hábil.
Comoquiera que le asiste razón al solicitante, pues por error involuntario en el referido auto se fijó el día 17 de agosto de 2022, a las 2:30 a.m., cuando la hora exacta es 2:30pm, se corregirá la providencia en mención en tal sentido. 2 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2015-00415-00 Actora: INVERSIONES LUNISE S.A.S. Por lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria, R E S U E L V E: CORREGIR el auto de 1º de abril de dos mil veintidós (2022), por medio del cual se fijó fecha para realizar audiencia de pruebas, en el sentido de tener como fecha y hora el día 17 de agosto de 2022, a las 2:30 p.m. y no el día 17 de agosto de 2022, a las 2:30 a.m., como involuntariamente se consignó en la referida providencia.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera