CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá, D.C., diez (10) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-02361-00 Accionante: José Agustín Nieto Jiménez y otros Accionado: Tribunal Administrativo del Tolima y otro Referencia: Acción de tutela – Admisión José Agustín Nieto Jiménez, Alba Edith Rincón Rodríguez, Laureano, José Alfreid, John Gerly, Margarita y Lyda Janneth Nieto Rincón presentaron demanda de tutela contra el Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito Judicial de Ibagué y el Tribunal Administrativo del Tolima, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso e igualdad.
Consideran que tales prerrogativas fueron vulneradas por las autoridades accionadas al proferir las sentencias del 16 de diciembre de 2021 y 3 de noviembre de 2022, respectivamente, al interior del proceso de reparación directa1 que promovieron los actores contra la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y la Fiscalía General de la Nación. Por reunir los requisitos legales, el Despacho: R E S U E L V E PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: VINCULAR a la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y a la Fiscalía General de la Nación, en calidad de terceros interesados.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: REQUERIR al Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito Judicial de Ibagué para que remita, en medio magnético, copia del expediente identificado con el radicado número 73001-33-33-012-2017-00195-00/01.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito Judicial de Ibagué, al Tribunal Administrativo del Tolima, a la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y a la Fiscalía General de la Nación. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá, a las respectivas direcciones de correo electrónico, copia de la demanda 1 Identificado con número de radicado 73001-33-33-012-2017-00195-00/01.
Radicación: 11001-03-15-000-2023-02361-00 Accionante: José Agustín Nieto Jiménez y otros Accionado: Tribunal Administrativo del Tolima y otro Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, las autoridades accionadas rindan informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y los terceros con interés hagan uso de sus derechos de contradicción y defensa.
SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante por correo electrónico.
SÉPTIMO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE2 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 2 VF