Micelio
11001031500020230590600Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2023-10-03

Radicación interna: 9282 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jorge Iván Duque Gutiérrez

Actor: Sugey Duarte Cifuentes·Demandado: Consejo De Estado Seccion Tercera Subseccion B

w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., seis (6) de octubre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-05906-00 Accionante: SUGEY DUARTE CIFUENTES Accionado: CONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN TERCERA, SUBSECCIÓN B Y OTRO Auto admisorio Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por la señora Sugey Duarte Cifuentes en contra el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y el Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B, por la presunta violación de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, ocurrida con ocasión de la expedición de las providencias del 5 de marzo de 2020 y 14 de septiembre de 2022, respectivamente, dentro del medio de control de controversias contractuales identificado con el radicado n.° 76001-23-33-000-2013- 01161-02.

TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y el Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B como accionados y a la Sociedad de Acueductos y Alcantarillados del Valle del Cauca S.A. E.S.P. (Acuavalle S.A. E.S.P.) y al señor Jairo Fernando Moreno Heredia ACCIÓN DE TUTELA Radicado: 11001-03-15-000-2023-05906-00 Accionante: Sugey Duarte Cifuentes w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 y como terceros interesados en las resultas del proceso, para efectos de notificar a este último, COMISIÓNESE al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, LÍBRESE el despacho comisorio con los insertos del caso.

Asimismo,

NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE a la Secretaría de la Sección Tercera del Consejo de Estado para que allegue a este expediente, en el término de tres (3) días, copia hábil de la providencia del 14 de septiembre de 2022 proferida en el marco del medio de control de controversias contractuales radicado con el núm. 76001-23-33-000-2013-01161-02 así como constancia de su notificación y ejecutoria.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado