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11001031500020230701800Consejo de Estado · Sección QuintaAuto interlocutorio2023-11-20

Radicación interna: 11038 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Luis Alberto Álvarez Parra

Actor: Ericsson Ernesto Mena Garzon·Demandado: Presidencia De La Republica Y Otro

Demandante: Ericsson Ernesto Mena Garzón Demandados: Presidencia de la República y otro Radicación: 11001-03-15-000-2023-07018-00 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado Ponente: LUIS ALBERTO ÁLVAREZ PARRA Bogotá, D. C., veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación No: 11001-03-15-000-2023-07018-00 Demandante: ERICSSON ERNESTO MENA GARZÓN Demandados: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y OTRO Tema: Admisión tutela AUTO Procede el Despacho a resolver sobre la admisión de la solicitud de amparo de la referencia. 1.

ANTECEDENTES El señor Ericsson Ernesto Mena Garzón, en nombre propio, presentó acción de tutela1, con el fin de que se protejan sus derechos fundamentales de a la igualdad, de petición, al debido proceso y de acceso a la administración de justicia. Las referidas garantías constitucionales las consideró vulneradas con ocasión a la falta de respuesta por parte de la Presidencia de la República y de la Unidad para las Víctimas a la solicitud que presentó el pasado 24 de octubre de 2023, relacionada con la corrección de información y actualización de datos. 2.

CONSIDERACIONES El Despacho considera que la petición de amparo reúne los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, esto es, se indicó con claridad la acción u omisión que la motiva, se deducen los derechos que consideran violados o amenazados, el 1 La tutela se presentó el 19 de noviembre de 2023, por la ventanilla virtual del aplicativo Samai del Consejo de Estado.

Demandante: Ericsson Ernesto Mena Garzón Demandados: Presidencia de la República y otro Radicación: 11001-03-15-000-2023-07018-00 2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co nombre de las autoridades públicas autoras de la amenaza, así como el nombre y el lugar de residencia de los solicitantes, por lo tanto, se admitirá la acción de tutela impetrada.

En mérito de lo expuesto, el Magistrado Ponente, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR la tutela presentada por el señor Ericsson Ernesto Mena Garzón contra la Presidencia de la República y la Unidad para las Víctimas.

SEGUNDO: NOTIFICAR la admisión de la tutela a la parte actora y, a la Presidencia de la República y a la Unidad para las Víctimas, para que, si a bien lo tienen, rindan informe sobre los hechos y argumentos de la solicitud de amparo, dentro del término de dos (2) días, contados a partir de la fecha de su recibo.

TERCERO: TENER como prueba, con el valor legal que le corresponda, los documentos allegados electrónicamente con la tutela.

CUARTO: REQUERIR al señor Ericsson Ernesto Mena Garzón para que allegue la respectiva prueba que acredite la radicación de la solicitud de 24 de octubre de 2023, objeto de esta acción, en los canales establecidos por la Unidad para las Víctimas para la recepción de peticiones, comoquiera que dicha petición solo aparece enviada a la dirección electrónica contacto@presidencia.gov.co.

QUINTO: ORDENAR a la Oficina de Sistemas del Consejo de Estado que realice una publicación en la página web de la Corporación, con la información de la tutela de la referencia, con el fin ponerla en conocimiento de los terceros interesados.

SEXTO: MANTENER el expediente de la presente acción en la Secretaría General de esta Corporación hasta que se cumplan los respectivos plazos, lapso en el cual se suspenden los términos perentorios de la acción constitucional.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS ALBERTO ÁLVAREZ PARRA Magistrado “Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicado en http://relatoria.consejodeestado.gov.co.8081”