CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Referencia: Medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho Radicación núm.: 25000 23 41 000 2015 01323 01 Consejero Ponente: Oswaldo Giraldo López Demandante: Grupo Tres CA S.A.S. Demandada: Nación - Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Aclaración de voto Con el acostumbrado respeto frente a las decisiones mayoritarias de la Sección Primera del Consejo de Estado, me permito aclarar el voto respecto de la sentencia de 26 de septiembre de 2024, proferida dentro del proceso de la referencia. Para tal propósito, me remito a las razones expuestas por este Despacho en la aclaración de voto realizada dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicación núm. 25000-23-41-000-2012-00549- 01, en cuanto no procedía la condena en costas por concepto de agencias en derecho.
Fecha ut supra GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.