Micelio
11001031500020220204700Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2022-04-05

Radicación interna: 3117 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Gabriel Valbuena Hernandez

Actor: Miguel Angel Gomez En Calidad De Lider Social Y Vocero De La Comunidad Del Municipio De Turmeque Boy·Demandado: Presidencia De La Republica Y Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN “A” Consejero Ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., ocho (8) de abril de dos mil veintidós (2022) Radicado: 11001-03-15-000-2022-02047-00 Accionante: MIGUEL ÁNGEL GÓMEZ Accionados: LA NACION – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y OTROS Acción de tutela – auto que remite El señor Miguel Ángel Gómez, actuando en nombre propio y en calidad de vocero y líder social de la comunidad del municipio de Turmequé - Boyacá, interpone acción de tutela en contra de la Presidencia de la República, la Vicepresidencia de la República, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y del derecho, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Consorcio Boyacá G -19, el Consorcio Sedes Educativas, el Senado de la República, la Cámara de Representantes, la Fiscalía General de la Nación, el Departamento Nacional de Planeación – DNP, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social – DPS, la Consejería Presidencial para la Niñez y Adolescencia, la Consejería Presidencial para la Gestión y Cumplimiento, la Consejería Presidencial para la Competitividad y la Gestión Publico – Privada, el Consorcio FFIE Alianza BBVA, la Fiduciaria BBVA Asset Management S.A., la Gobernación de Boyacá, la Secretaría de Educación de Boyacá, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Alcaldía Municipal de Turmequé – Boyacá, el Concejo Municipal de Turmequé – Boyacá y la Institución Educativa Técnica Industrial de Turmequé – Boyacá, por la presunta ACC IÓN D E TUT EL A Radicado: 11001-03-15-000-2022-02047-00 Demandante: Miguel Ángel Gómez w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 vulneración de los derechos fundamentales a la educación, a la igualdad y a la dignidad humana.

Ahora bien, revisado detalladamente el escrito de tutela, este despacho observa que aunque el demandante enuncia a la Presidencia de la República, a la Vicepresidencia de la República, al Ministerio de Educación, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al Ministerio del Interior, al Ministerio de Justicia y del derecho, al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, al Consorcio Boyacá G -19,al Consorcio Sedes Educativas, al Senado de la República, a la Cámara de Representantes, a la Fiscalía General de la Nación, al Departamento Nacional de Planeación – DNP, al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social – DPS, a la Consejería Presidencial para la Niñez y Adolescencia, a la Consejería Presidencial para la Gestión y Cumplimiento, a la Consejería Presidencial para la Competitividad y la Gestión Publico – Privada, al Consorcio FFIE Alianza BBVA, a la Fiduciaria BBVA Asset Management S.A., a la Gobernación de Boyacá, a la Secretaría de Educación de Boyacá, a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo, a la Alcaldía Municipal de Turmequé – Boyacá, al Concejo Municipal de Turmequé – Boyacá y a la Institución Educativa Técnica Industrial de Turmequé – Boyacá como entidades demandadas, los hechos que presuntamente dan origen a la vulneración ius fundamental y las pretensiones están dirigidos de manera concreta contra el Ministerio de Educación, la Alcaldía Municipal de Turmequé Boyacá y la Gobernación de Boyacá -, así: […] «TERCERA: SOLICITUD DE EXPEDICIÓN DE MEDIDAS PROVISIONALES CON CARÁCTER DE URGENCIA: Por lo cual se le pide al señor Magistrado o Juez que expida las medidas provisionales ordenándole con carácter de urgencia al señor Alcalde ACC IÓN D E TUT EL A Radicado: 11001-03-15-000-2022-02047-00 Demandante: Miguel Ángel Gómez w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 3 Municipal de Boyacá, Doctor Pedro Antonio Murillo Moreno y a los funcionarios competentes de la Alcaldía y de la Gobernación de Boyacá el arreglo de la vía y la construcción de un muro de contención en concreto para detener la corrida de tierra y de la vía y de las casas del barrio San Antonio, al igual que la terminación de la construcción del colegio mencionado por parte del Ministerio de Educación […] ». […] Teniendo en cuenta lo anterior, es claro que la presente acción de tutela se dirige, de manera concreta, contra el Ministerio de Educación, la Alcaldía Municipal de Turmequé Boyacá y la Gobernación de Boyacá, razón por la cual se dispondrá, en aplicación del artículo 1.º del Decreto 333 de 2021, por conducto de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el presente expediente a la Oficina de Reparto de los Juzgados Administrativos del Circuito de Tunja – Boyacá para lo de su cargo.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Electrónicamente GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado