Expediente: 11001-0315-000-2023-00706-00 Demandante: COOSERVITEC C.T.A. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN No. 3 CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá, 21 de abril de 2023 Referencia: Recurso extraordinario de revisión Expediente: 11001-0315-000-2023-00706-00 Recurrente: COOSERVITEC C.T.A. Asunto: Auto abre a pruebas De conformidad con el artículo 254 del CPACA, el despacho RESUELVE 1.
Tener como pruebas los documentos aportados con la demanda, incluidas las copias simples, según el artículo 246 del CGP. 2. Ordenar al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B, que, en el término de diez (10) días, remita digitalizado el expediente de nulidad y restablecimiento del derecho nro. 25000-2337-000-2017-00077-01. 3.
Reconocer personería a Ana Cristina Cáceres Álvarez como apoderada judicial de la UGPP, en los términos del poder conferido. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN