CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejero ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Radicación: 08001-23-33-000-2021-00320-02 (74.101) Actor: Johny Farah Villavicencio y otros. Demandado: Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla y Otros Referencia: Reparación directa ACLARACIÓN DE VOTO 1.
Con absoluto respeto por las decisiones de la Sala, me permito exponer las razones que sustentan la presente aclaración de voto frente a la sentencia del 26 de junio de del año en curso, por medio de la cual la Subsección confirmó el fallo del 6 de noviembre de 2025, proferido por el Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral “A”. 2.
Si bien acompañé la decisión en la medida en que se encuentra configurada la caducidad de la acción, considero que esta debió computarse desde la terminación de las obras de canalización del arroyo León, esto porque como lo expone la providencia el proceso erosivo inició en 2011 con ocasión de los trabajos mencionados. 3. Aunque el proveído razona sobre el momento en que el fenómeno fue perceptible para señalar que esto sucedió en el año 2015, conclusión a la que arriba a partir de la valoración de las imágenes satelitales tomadas de Google Maps allegadas con el dictamen pericial, esa referencia por sí sola no aporta elementos suficientes para establecer que solo a partir de ese año fue apreciable el fenómeno, puesto que, según concluye el mismo peritaje el fenómeno erosivo se manifestó desde la ejecución de las obras.
En ese sentido, estimo que la finalización de las obras1 es el hito razonable para el conteo del término de caducidad. 4. En los anteriores términos dejo expresada mi aclaración de voto. Firmado electrónicamente FERNANDO ALEXEI PARDO FLÓREZ Nota: esta aclaración de voto fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. 1 En el expediente obra acta de terminación de obras del 22 de febrero de 2013.
Samai, índice 00002, 100ED_AntecedentesAdminist(.zip) NroActua 2, documento ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS TRIBUNAL-CH-EXP RAD 2021-00320, p.p. 28-30.