Micelio
11001031500020230405400Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-07-26

Radicación interna: 6382 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Nestor Mauricio Morales Presidente Del Sindicato De Empleados Judiciales - Semjud·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veintiocho (28) de julio de dos mil veintitrés (2023) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-04054-00 Referencia: Acción de tutela Actor: SINDICATO DE EMPLEADOS JUDICIALES Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por el SINDICATO DE EMPLEADOS JUDICIALES -SEMJUD-, contra el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, su PRESIDENCIA y su SECRETARÍA GENERAL, por estimar que le vulneraron su derecho fundamental de petición, por cuanto no ha recibido una respuesta de fondo, clara y concreta a la solicitud que les envió, vía electrónica, el 17 de mayo de 2023, en la que pidió información respecto de la elección y nombramiento del Juez Veinticuatro Administrativo del Circuito de Bogotá. En consecuencia, se dispone: a): Notifíquese al señor Presidente, al Secretario y a los magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-04054-00 Actor: SINDICATO DE EMPLEADOS JUDICIALES -SEMJUD-. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela. c): Ofíciese al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a su Presidencia y a su Secretaría General, para que informen, en el término de la distancia, sobre el trámite impartido a la solicitud presentada por el actor, vía electrónica el 17 de mayo de 2023.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera