Radicación: 11001-03-15-000-2022-01112-00 Accionante: María Lucy Lemus Medina y otros 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., dieciocho (18) de febrero de dos mil veintidós (2022) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-01112-00 Accionantes: MARÍA LUCY LEMUS MEDINA Y OTROS Accionado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA – SALA ADMINISTRATIVA Y OTROS AUTO ADMISORIO Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por los ciudadanos María Lucy Lemus Medina, Mario Ernesto Perafán y Laura Isabel García Paz, quienes actúan a nombre propio, en contra del Consejo Superior de la Judicatura – Sala Administrativa, la Dirección Seccional de Administración Judicial del Cauca y el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Popayán, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales a la igualdad, al trabajo, a la dignidad humana y a la salud.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE al Consejo Superior de la Judicatura – Sala Administrativa, a la Dirección Seccional de Administración Judicial del Cauca y al Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Popayán como accionados y a la Agencia de Defensa Radicación: 11001-03-15-000-2022-01112-00 Accionante: María Lucy Lemus Medina y otros 2 Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso.
REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado