Expediente: 25000-23-36-000-2021-00294-01 (73550) Demandante: Rosa Angelica Borja Durando y otros Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 3506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B CONSEJERO PONENTE: DIEGO ENRIQUE FRANCO VICTORIA Bogotá D.C., tres (3) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) Referencia: Reparación directa – Ley 1437 de 2011 Radicación: 25000-23-36-000-2021-00294-01 (73550) Demandantes: Rosa Angelica Borja Durango y otros 1 Demandado: Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional AUTO2 1.
El 30 de mayo de 2025, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B, dictó sentencia de primera instancia3 mediante la cual accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, y condenó a la parte actora por agencias en derecho. 2. La sentencia fue notificada mediante correo electrónico enviado el 9 de junio de 20254. 3.
El 24 de junio de 2025, la parte demandada interpuso recurso de apelación5 contra la decisión de primera instancia. 4. El recurso de apelación fue concedido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca mediante auto del 29 de agosto de 20256. 5. En atención a lo anterior, teniendo en cuenta que la cuantía del proceso7 excede los 500 SMLMV8 y que la alzada fue debidamente sustentada, el despacho:
RESUELVE
PRIMERO: ADMÍTESE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada el 30 de mayo de 2025 por la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. 1 Emiliano Botero Toro, Girleza Rodríguez de Botero, Adriana Marcela Botero Borja, Camilo Andrés Botero Borja, Jhon de Jesús Botero Rodríguez, Raquel Amparo Botero Rodríguez, Hernando Alberto Botero Rodríguez, Gladys Stella Botero Rodríguez, Sor Veracruz Botero Rodríguez y Álvaro Botero Rodríguez. 2 Admisorio apelación de sentencia. 3 Índice 38 Samai, expediente digital del proceso 25000-23-36-000-2021-00294-00. 4 Índice 40, ibidem. 5 Índice 42, ibidem. 6 Índice 44, ibidem. 7 Correspondiente a seiscientos siete millones cuatrocientos cinco mil y doscientos cincuenta pesos co cuarenta y cinco centavos ($607.405.250,45). 8 Equivalentes en 2021, fecha de presentación de la demanda, a cuatrocientos cincuenta y cuatro millones doscientos sesenta y tres mil pesos ($454.263.000).
Expediente: 25000-23-36-000-2021-00294-01 (73550) Demandante: Rosa Angelica Borja Durando y otros Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 3506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co SEGUNDO: Por Secretaría, INFÓRMESE a los sujetos procesales el procedimiento para registrarse en la plataforma Samai con el objeto de garantizar su acceso al momento de un eventual traslado para alegar de conclusión.
TERCERO: La presente providencia será notificada mediante estado electrónico de acuerdo con el artículo 201 del CPACA, modificado por el artículo 50 de la Ley 2080 de 2021. En el sistema de información Samai se encuentran registrados los correos electrónicos de los apoderados de las partes. Se ADVIERTE a los sujetos procesales que deberán INDICAR cualquier modificación en la información de los canales de comunicación electrónica a la dirección ces3secr@consejodeestado.gov.co.
CUARTO
NOTIFÍQUESE personalmente esta providencia al Ministerio Público conforme a lo dispuesto en los artículos 197 y 199 del CPACA.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) DIEGO ENRIQUE FRANCO VICTORIA Magistrado La validez e integridad pueden comprobarse acudiendo a la siguiente dirección electrónica: https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador