Radicado: 250002326-000-2012-00335-01 (53229) Demandante: Sofía Montoya Miranda 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá, D.C., dieciséis (16) de agosto de dos mil veintidós (2022) Radicación: 250002326-000-2012-00335-01 (53229) Demandante: Sofía Montoya Miranda Demandado: Nación – Ministerio de Salud y Protección Social Acción: Reparación directa Tema: Procedencia de la acción de reparación directa por pérdida de oportunidad.
Aclaración de voto del magistrado Martín Bermúdez Muñoz Aunque estoy de acuerdo con la decisión adoptada en la providencia en el sentido de negar las pretensiones de la demanda, considero que la acción de reparación directa sí es procedente, porque la demandante alega una pérdida de oportunidad. Ella sostiene que la liquidación de la ESE Luis Carlos Galán Sarmiento le impidió demandar a la entidad para reclamar el reconocimiento de la primacía de la realidad laboral sobre las formas.
Fecha ut supra, Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado