CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejera Ponente: Marta Nubia Velásquez Rico Bogotá, D.C., once (11) de julio de dos mil veintidós (2022) Radicación: 110010315000202203604 00 Accionante: Hugo Alejandro López Barreto Accionado: Tribunal Administrativo del Tolima y otro Referencia: Acción de tutela – Admite Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:
PRIMERO: ADMITIR la demanda presentada por el señor Hugo Alejandro López Barreto, para la protección de su derecho fundamental al debido proceso, supuestamente vulnerado por el Tribunal Administrativo del Tolima y la Juez Sexta Administrativa de Ibagué, Juanita del Pilar Matiz Cifuentes.
SEGUNDO: VINCULAR como tercero interesado en el proceso al señor Rodrigo Correa Rubiano.
TERCERO: DECRETAR como prueba documental la decisión proferida en el trámite de consulta del incidente de desacato adelantado en el proceso de tutela radicado bajo el número 730013333006202200042 01, con su respectiva constancia de notificación y ejecutoria. De conformidad con lo anterior, OFICIAR al Tribunal Administrativo del Tolima, para que, en el término de dos (2) días, remita copia digital de la referida providencia.
CUARTO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes y al tercero vinculado. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, la parte accionada, rinda informe sobre los hechos objeto del presente asunto. Radicación: 110010315000202203604 00 Accionante: Hugo Alejandro López Barreto Accionado: Tribunal Administrativo del Tolima y otro Referencia: Acción de tutela – Admite 2 SEXTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que, si lo considera procedente dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
SÉPTIMO: RECONOCER personería al señor Hugo Alejandro López Barreto para actuar a nombre propio, en los términos del artículo 10 del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO Nota: esta providencia fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.