1 Radicación: 11001-03-15-000-2022-00620-00 Accionante: LUCERO BAHAMÓN GIRALDO CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., veintiocho (28) de enero de dos mil veintidós (2022) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-00620-00 Accionante: LUCERO BAHAMÓN GIRALDO Accionados: CONSEJO DE ESTADO – SECCIÓN SEGUNDA– SUBSECCIÓN B Y OTRO AUTO ADMISORIO Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por la señora Lucero Bahamón Giraldo, quien actúa por conducto de apoderado, en contra del Tribunal Administrativo del Meta y el Consejo de Estado – Sección Segunda – Subsección B, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a la administración de justicia, con ocasión de la expedición de las providencias del 29 de octubre de 2013 y del 29 julio de 2021, respectivamente, dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con el radicado N.º 50001-23-31-000-2007 01099-00/01.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo del Meta y al Consejo de Estado – Sección Segunda – Subsección B como accionados y a la E.S.E. POLICARPA SALAVARRIETA como tercero interesado en las resultas del proceso. Asimismo,
NOTIFÍQUESE a la Agencia de 2 Radicación: 11001-03-15-000-2022-00620-00 Accionante: LUCERO BAHAMÓN GIRALDO Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE al Tribunal Administrativo del Meta para que allegue, en medio magnético, copia del expediente del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado N.º 50001-23-31- 000- 2007-01099-00/01, donde figura como demandante la señora Lucero Bahamón Giraldo.
Se RECONOCE PERSONERÍA al abogado Germán Gómez González, portador de la tarjeta profesional N.º 62.669 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte demandante, en los términos y para los fines conferidos en el poder especial obrante en el expediente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado