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11001031500020250035401Consejo de Estado · Sección QuintaAclaración voto2025-03-17

Radicación interna: 2391 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Gloria María Gómez Montoya

Actor: Juan Martin Bravo Castaño·Demandado: Presidencia De La Republica Y Otros

Demandante: Juan Martín Bravo Castaño Demandados: Ministerio del Interior y otros Radicado: 11001-03-15-000-2025-00354-01 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado: PEDRO PABLO VANEGAS GIL Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2025-00354-01 Demandante: JUAN MARTÍN BRAVO CASTAÑO Demandados: MINISTERIO DEL INTERIOR Y OTROS ACLARACIÓN DE VOTO 1.

Con el acostumbrado respeto por las decisiones de la Sala, me permito manifestar la razón por la que aclaro mi voto en relación con la sentencia adoptada el 10 de abril de 2025. 2. En dicha providencia, se revocó la decisión de primera instancia proferida por la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado, que declaró la improcedencia de la acción, para, en su lugar, declarar la falta de legitimación en la causa por activa del accionante. 3.

Sin embargo, teniendo en cuenta que el a quo declaró la improcedencia de la acción de tutela al concluir que al señor Juan Martín Bravo Castaño no le asiste legitimación en la causa por activa, la Sala debió confirmar la decisión de primera instancia. Esto, considerando que la legitimación en la causa es un requisito de procedencia de las acciones de tutela. 4.

En esos términos, expongo los motivos por los que aclaro mi voto en relación con la decisión adoptada por la sala el 10 de abril de 2025. PEDRO PABLO VANEGAS GIL Magistrado Fecha ut supra