Radicado: 11001-03-15-000-2023-00152-00 Demandante: Harold Iván Mena Torres. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA Bogotá D.C., veinticuatro (24) de enero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-00152-00 Demandante: HAROLD IVÁN MENA TORRES Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CHOCÓ AUTO – INADMITE Al momento de decidir sobre la admisibilidad de la acción de tutela, el Despacho encuentra que la abogada Rosalba Catherine Mena manifiesta que actúa en calidad de apoderada sustituta del abogado Harold Iván Mena Torres y allega sustitución de poder, que señala: “Respondo al nombre dicho en el asunto de condiciones profesionales y personales, referenciados y comunico que sustituyo las facultades en mi asignadas y reconocidas mediante providencia admisoria de fecha 8 de noviembre de 2022, signada por el Juez 1 Administrativo del Circuito de Quibdó, dentro del referenciado No. 27001333300120220058500, por medio del presente instrumento cedo las facultades a mí conferidas por los DOCENTES ADMINISTRATIVOS, que prestaron sus servicios a la Secretaría de Educción (sic) del Chocó, y reclaman sus prestaciones sociales no canceladas dentro de los años 2000 hasta la fecha, (…)” Es decir, no aportó el poder que la faculta para presentar la presente acción de tutela en nombre de los “DOCENTES ADMINISTRATIVOS”.
Por lo anterior, se
RESUELVE
1. Inadmitir la acción de tutela interpuesta. 2. Por Secretaría General, requerir a la abogada Rosalba Catherine Mena para que allegue los documentos que la acrediten como apoderada de los “DOCENTES ADMINISTRATIVOS”, para instaurar la presente acción de tutela. Para el efecto, se encuentra habilitado el correo electrónico: secgeneral@consejodeestado.gov.co Término: dos (2) días.
Notifíquese y cúmplase, Radicado: 11001-03-15-000-2023-00152-00 Demandante: Harold Iván Mena Torres. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 2 (Con firma electrónica) MILTON CHAVES GARCÍA