CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A CONSEJERA PONENTE: ZORANNY CASTILLO OTÁLORA Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintiséis (2026) Radicación: 05001-23-33-000-2023-00860-01 (74201) Demandante: Francisco Elías Giraldo Durango y otros Demandado: Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional Medio de control: Ejecutivo (Ley 1437 de 2011) 1.
Pendiente de decidir el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada contra el auto del 6 de febrero de 2026, proferido por el Tribunal Administrativo Antioquia, que decretó una medida cautelar de embargo; el Despacho advierte la falta de competencia para conocer del presente asunto. 2. El artículo 298 del CPACA modificado por el artículo 80 de la Ley 2080, establece el factor de conexidad, en el entendido que la competencia para conocer del proceso ejecutivo radica en el juez o magistrado que profirió la sentencia que funge como título ejecutivo. 3.
En el caso concreto, el título base de ejecución es la sentencia de segunda instancia proferida el 3 de abril de 2020 en el proceso de reparación directa con radicado 05001-23-31-000-2011-00421-01 (49426), bajo la ponencia del magistrado Alberto Montaña Plata; en consecuencia, el proceso deberá ser remitido a Despacho sustanciador del referido proceso.
Por lo expuesto, RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR la falta de competencia para conocer del presente proceso.
SEGUNDO: Por Secretaría, REMITIR el expediente al Despacho del magistrado Alberto Montaña Plata, en atención a que el título base de ejecución corresponde a la sentencia del 3 de abril de 2020, proferida por la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado. NOTÍFIQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ZORANNY CASTILLO OTÁLORA Magistrada Nota: Esta providencia fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.