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11001031500020220586900Consejo de Estado · Sala especial de decisiónAuto interlocutorio2022-11-04

Radicación interna: 9441 · RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION

Ponente: Myriam Stella Gutierrez Arguello

Actor: Maria Zulma Naranjo De Fernandez·Demandado: Providencia Del 9 De Septiembre De 2021, Proferida Por El Consejo De Estado Seccion Segunda Subsecci

Recurso extraordinario de revisión Radicado: 11001-03-15-000-2022-05869-00 (9441) Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN Nro. 13 CONSEJERO PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, veintiocho (28) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia Recurso extraordinario de revisión Radicación 11001-03-15-000-2022-05869-00 (9441) Demandante MARÍA ZULMA NARANJO DE FERNÁNDEZ Asunto ABRE A PRUEBAS Con el fin de continuar con el trámite del proceso en los términos del artículo 254 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo se dispone el decreto de las pruebas oportunamente solicitadas y aportadas por las partes que reúnen los requisitos de pertinencia, conducencia, utilidad y eficacia, así: 1.

Parte actora Con el valor legal que les corresponda ténganse como pruebas los documentos aportados con la demanda, visibles en el expediente electrónico que obra en el sistema de información SAMAI. 2. Nación-Ministerio de Educación Nacional1 A través de apoderado designado para el efecto, la entidad contestó oportunamente la demanda de la referencia y solicitó tener como prueba el expediente del proceso ordinario en el que se produjo la sentencia cuya infirmación se pretende.

El despacho observa que, en cumplimiento de lo ordenado en el numeral 5 del auto admisorio de la demanda, se allegó copia digital del expediente del proceso ordinario cuya sentencia de segunda instancia se pretende infirmar2. Por ello, se abstendrá de solicitarlo nuevamente. Por demás, en los términos del poder conferido, se reconoce personería para actuar en representación de este ministerio al abogado Carlos Alberto Vélez Alegría, identificado con cédula de ciudadanía Nro. 76.328.346 y portador de la tarjeta profesional Nro. 151.741 del C.S.J. 3.

Departamento de Caldas La entidad territorial no concurrió al proceso pese a la notificación que se le realizó por medio del buzón de notificaciones judiciales3. 4. Ministerio Público4 El agente del Ministerio Público presentó concepto, pero no solicitó la práctica de pruebas. 1 Índice 20 del SAMAI. 2 Índice 17 del SAMAI. 3 Índice 14 del SAMAI. 4 Índice 18 del SAMAI.

Recurso extraordinario de revisión Radicado: 11001-03-15-000-2022-05869-00 (9441) Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Magistrada