Micelio
11001031500020220207900Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2022-04-06

Radicación interna: 3171 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Alberto Montaña Plata

Actor: Roberto Tapia Ahumada·Demandado: Tribunal Administrativo Del Atlantico

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá DC, 18 de abril de 2022 Radicación: 11001-03-15-000-2022-02079-00 Demandante: Roberto Tapia Ahumada Demandado: Tribunal Administrativo del Atlántico - Sección C Naturaleza: Acción de tutela.

Auto De conformidad con lo previsto por el artículo 86 de la Constitución Pollítica y el Decreto 2591 de 1991, el despacho,

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Roberto Tapia Ahumada contra la Sección C del Tribunal Administrativo del Atlántico y, VINCULAR al Distrito de Barranquilla, al Juzgado 8 Administrativo de Barranquilla y al señor Fernando Borda Castilla, como terceros con interés en el proceso.

SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, al demandado y a los terceros vinculados, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente.

TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.

CUARTO: OFICIAR al Juzgado 8 Administrativo de Barranquilla, para que remita escaneado, el expediente de la acción de cumplimiento No. 08001- 33-33-008-2021-00076-01, a la siguiente cuenta de correo electrónico «secgeneral@consejodeestado.gov.co».

QUINTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA