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11001031500020220393300Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2022-07-18

Radicación interna: 6273 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Julio Roberto Piza Rodriguez

Actor: Pedro Alejandro Jimenez·Demandado: Presidencia De La República

Radicado: 11001-03-15-000-2022-03933-00 Demandante: Pedro Alejandro Jiménez Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ Bogotá, 21 de julio de 2022 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-03933-00 Demandante: Pedro Alejandro Jiménez Demandado: Presidencia de la República y otros Auto admisorio Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone: 1.

Admitir la tutela presentada por Pedro Alejandro Jiménez contra la Presidencia de la República, la Superintendencia de Servicios Públicos y Caribemar de la Costa S.A.S. E.S.P. –Afinia, con el objeto de que se amparen los derechos fundamentales al debido proceso, de petición y de acceso a la administración de justicia. 2. En calidad de parte demandada, notificar al director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, a la superintendente de servicios públicos y al gerente general de Caribemar de la Costa S.A.S. E.S.P. – Afinia. 3.

En calidad de tercero con interés, notificar al procurador general de la Nación. 4. El expediente digital queda a disposición de la parte demandada y del tercero con interés, por el término de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer. 5. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 6.

Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) Julio Roberto Piza Rodríguez