Bogotá, D. C., dieciocho (18) de diciembre de veintitrés (2023) Radicado: 76001-33-33-001-2014-00190-01 Número Interno: 2383-2022 Demandante: Luz Enidth Escobar Montoya Demandado: Municipio de Ginebra (Valle del Cauca) Trámite: Recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia Tema: Rechaza recurso. Mediante auto de 26 de mayo de 2023, se inadmitió el recurso del epígrafe conforme a lo dispuesto por el artículo 265 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), dado que la accionante omitió indicar de manera precisa la sentencia de unificación jurisprudencial que se estima contrariada y las razones de su fundamento consagradas en artículo 262 (numeral 4) idem.
Dicha providencia fue notificada por estado el 2 de junio de 2023, no obstante, la accionante guardó silencio, razón por la que se rechazará el recurso, en concordancia con lo previsto en el artículo 265 del CPACA. En consecuencia, el despacho
RESUELVE
PRIMERO: Rechazar el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia incoado por la señora Luz Enidth Escobar Montoya, por las razones expuestas en la parte motiva.
SEGUNDO: Ejecutoriada esta providencia y hechas las anotaciones que fueren menester, devuélvase el expediente al despacho de origen.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado Electrónicamente) JORGE EDISON PORTOCARRERO BANGERA Constancia: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la plataforma del Consejo de Estado denominada Samai. En consecuencia, se garantiza su autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA.