Consejero ponente: NICOLAS YEPES CORRALES Bogota D.C., ocho (8) de septiembre de dos mil veintitres (2023)
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE, Radicacion: Actor: bemandado: Accion: Asunto: En consecuencia, por Secretarla de la Seccion, se dispone PONER a disposicion de las partes el escrito de apelacion por el termino comun de tres (3) dias, de conformidad con Io dispuesto en el inciso 3° del articulo 213 del CCA^. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA SUBSECCION C 25000-23-26-000-2006-02252-02 (70257) UNIVERSIDAD DE LA SABANA FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO Y OTROS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES Admite recurso de apelacion contra auto Radicado: 25000-23-26-000-2006-02252-02 (70257) Demandante: Universidad de la Sabana -L- NICOLAS YEPES TORRi^S Magistrado / Ei Despacho ADMITE el recurso de apelacion presentado por el apoderado de la parte demandada, Secretaria Ejecutiva del Convenio Andres Bello'', en contra del auto del 26 de agosto de 2022 proferido por el Tribunal Administrative de Cundinamarca, Seccion Tercera, Subseccidn C, mediante el cual se dispuso negar la practica de una prueba.
Lo anterior, conforme a io dispuesto en el numeral 8 del articulo 181 del Codigo Contencioso Administrative (CCA)^. ■' Expediente hibrido. 2 “Articulo 181. Ape!aci6n. Son apelables las sentenclas de primera instancia de loS Tribunales de los Jueces y los siguientes autos proferidos en la misma instancia por dichos organismos, en plena 0 en una de sus Secciones o Subsecciones, segun el caso; o por los Jueces Administrativos:( ) 3.
El que deniegue la apertura a prueba, o el seHalamiento del termino para practicar pruebas, o el decreto de alguna pedida oportunamente o deniegue su practica”. 3 “Articulo 213. Apelacidn de autos. Con excepcion del auto de suspensidn provisional, cuyo recurso de apelacidn se resuelve de piano, el procedimiento para decidir el que se interponga contra los dem^s que seen objeto del mismo, ser^ el siguiente: ( ) Si el recurso reune los requisitos legales, sera admitido por el superior mediante auto que ordene poner el memorial que lo fundamente a disposicibn de la parte contraria, durante tres (3) dias, en la secretaria ( )”. o H V's a )'