CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá D.C., veinte (20) de enero de dos mil veintidós (2022) Radicación número: 11001-03-15-000-2022-00084-00 Solicitante: Imaginamos y Construimos Ltda.-IMACON Ltda. Autoridad: Tribunal Administrativo de Santander y otro Asunto: Acción de tutela TUTELA-Contenido de la solicitud.
TUTELA-Requiere al solicitante para que aclare la solicitud. El 5 de enero de 2022, Inocencio Bautista Villamizar, quien adujo actuar como representante legal de Imaginamos y Construimos Ltda.-IMACON Ltda., formuló acción de tutela contra el Tribunal Administrativo de Santander y el Juez Doce Administrativo de Bucaramanga por la supuesta vulneración de sus derechos fundamentales con ocasión de las providencias judiciales que declararon probada la excepción de pago total de la obligación en un proceso ejecutivo.
Previo a decidir sobre la admisión de esa solicitud, el Despacho advierte que el solicitante no aportó copia de los documentos que acreditan la existencia y representación legal de IMACON Ltda., ni la sentencia del 25 de junio de 2021, proferida por el Tribunal Administrativo de Santander y reprochada en la solicitud, por ello, la tutela no reúne los requisitos establecidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991.
En consecuencia: 1. REQUIÉRESE a Inocencio Bautista Villamizar para que en el término de tres (3) días aporte los documentos que acrediten la existencia y representación legal de Imaginamos y Construimos Ltda.-IMACON Ltda. y la sentencia del 25 de junio de 2021, proferida por el Tribunal Administrativo de Santander. ADVIÉRTESELE que, de no dar cumplimiento a lo anterior, la solicitud se rechazará de plano, de conformidad con el artículo 17 del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE DCM/MCS Id Documento: 11001031500020220008400005025210012