CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ Bogotá D. C., diecisiete (17) de julio de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA. Radicación: 11001-03-15-000-2023-03805-00 Accionantes: Maryori Yoselin Caldera Belmonte, y otros Accionados: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección C, y otro Derecho: Debido proceso Tema: Admite tutela.
AUTO Por reunir los requisitos legales, SE ADMITE la presente acción de tutela que instaura la señora Maryori Yoselin Caldera Belmonte, en nombre propio y en representación de su hija menor, Ximena Alexandra Cordova Caldera, mediante el apoderado José Ramón Parra Vanegas, quien también actúa como agente oficioso de los demás miembros del grupo de víctimas afectados con el homicidio del señor Ismael José Caldera Belmonte, en contra del Juzgado 63 Administrativo de Bogotá y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección C, con ocasión a las providencias de 27 de abril y 7 de diciembre de 2022, respectivamente, emitidas dentro del medio de control de reparación directa con radicado 11001-33-43-063-2022-00022- 00 (01).
Notifíquese, como accionados, al Juzgado 63 Administrativo de Bogotá y al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección C. Notifíquense, como terceros interesados en las resultas de este proceso, al Ministerio de Defensa – Policía Nacional, quien actuó como parte demandada en el proceso antes referenciado. 2 Radicado: 11001 03 15 000 2023 03805 00 Accionante: Maryori Yoselin Caldera Bolmonte, y otros Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Requerir al Juzgado 63 Administrativo de Bogotá, para que envíe, con destino a este despacho, copia digital del expediente del proceso de reparación directa con radicado 11001-33-43-063-2022-00022-00 (01) en el que actuaron como demandantes los accionantes.
Reconocer personería al abogado José Ramón Parra Vanegas para actuar en la acción de tutela. Requerir, al señor José Ramón Parra Vanegas para que, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia, informe quienes son los demás miembros del grupo de víctimas parientes residentes fuera de Colombia, afectados con el homicidio del señor Ismael José Caldera Belmonte y sobre los cuales actúa como agente oficioso.
Remítase copia de la solicitud de tutela a los accionados y a los terceros interesados, para que procedan a ejercer su derecho de defensa, si a bien lo tienen, y rindan el respectivo informe dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por el consejero ponente en la plataforma del Consejo de Estado denominada SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA.
HAPC