w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil veintitrés (2023). Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-05273-00 Accionante: OLGA JANETH PIÑEROS RUIZ Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE BOYACÁ Auto admisorio Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por la señora Olga Janeth Piñeros Ruiz, quien actúa por conducto de apoderado, en contra del Tribunal Administrativo de Boyacá, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la seguridad social, debido proceso, igualdad y acceso a la administración de justicia, ocurrida con ocasión de la expedición de la providencia del 28 de junio de 2023, proferida en el curso del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado núm. 15001-33-33-004-2022-00124-01.
TENER como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE a Tribunal Administrativo de Boyacá como accionado y a la Nación - Ministerio de Educación - Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio –FOMAG y al Departamento de Boyacá como terceros interesados en las resultas del proceso. Asimismo,
NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. ACCIÓN DE TUTELA Radicado: 11001-03-15-000-2023-05273-00 Accionante: Olga Janeth Piñeros Ruiz w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE al Tribunal Administrativo de Boyacá para que allegue copia en medio magnético o el respectivo link de acceso al expediente del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el radicado núm. 15001-33-33-004-2022-00124-01, donde figura como demandante la señora Olga Janeth Piñeros Ruiz.
Se RECONOCE PERSONERÍA al abogado Yobany Alberto López Quintero con tarjeta profesional núm. 112.907 del Consejo Superior de la Judicatura como apoderado de la parte demandante, en los términos y para los fines conferidos en el poder especial obrante en el expediente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado