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05001233300020220058902Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Aclaración voto2023-01-25

Radicación interna: 69409 · LEY 1437 EJECUTIVO

Ponente: María Adriana Marín

Actor: Yeny Marcela Gomez Castro, Estefania Mejía Buitrago, Jorge Alejandro Mejía Buitrago, Blanca Oliva Buitrago Gómez, María Aleida Mejía Buitrago, María Liliana Mejía Buitrago, Alirio De Jesús Mejía Roldan·Demandado: -Ejército Nacional, Ministerio De Defensa Nacional

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejera Ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN Radicación número: 05001-23-33-000-2022-00589-02 (69.409) Ejecutante: YENI MARCELA GÓMEZ CASTRO Y OTROS Ejecutado: NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA – EJÉRCITO NACIONAL Referencia: EJECUTIVO ACLARACIÓN DE VOTO 1.

Con el respeto que profeso por las decisiones de la Sala, me permito expresar las razones por las cuales aclaro el voto respecto de la condena en costas en el asunto de la referencia. 2. En mi criterio, el CPACA reguló lo referente a las costas, estableciendo su procedencia en ciertos eventos, dentro de los cuales no se encuentra la apelación de autos.

Además, al no tratarse de un tema carente de regulación en la Ley 1437 de 2011, no hay lugar a la remisión normativa prevista en el artículo 306 ejusdem al CGP. 3. Sin embargo, también reconozco que lo expuesto no es una interpretación pacífica, por lo que -hasta tanto la Sala Plena de lo Contencioso no unifique la subregla- resulta plausible la actual posición mayoritaria de la Subsección A de la Sección Tercera de esta Corporación, la cual se inclina por dar aplicación a las reglas para la condena en costas previstas en el artículo 365 del CGP, en virtud del artículo 306 del CPACA.

Fecha ut supra. FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE FERNANDO ALEXEI PARDO FLÓREZ Nota: esta aclaración fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.