CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., diecinueve (19) de enero de dos mil veintidós (2022) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-00078-00 Accionante: Anderson Días Quiceno Accionado: Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, Sala Penal Tema: Auto que remite al competente.
AUTO QUE REMITE POR COMPETENCIA El señor Anderson Días Quiceno solicitó la protección de su derecho fundamental al debido proceso, que habría sido vulnerado, en su concepto, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, Sala Penal, en el marco de un proceso penal adelantado en contra del accionante. El despacho encuentra que según las reglas de reparto contenidas en el numeral 5º del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, el asunto debió ser repartido a la Corte Suprema de Justicia.1 De acuerdo con lo expuesto, el despacho dispone: Primero. Remítase el expediente a la Corte Suprema de Justicia para que el asunto sea repartido conforme al reglamento interno de la Corporación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado 1 ARTÍCULO 1. Modificación del artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015. Modificase el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, el cual quedara así: (…) 5. Las acciones de tutela dirigidas contra los Jueces o Tribunales serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada.