Micelio
11001031500020220528800Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2022-10-03

Radicación interna: 8505 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Erasmo Rojas Florez Y Otros·Demandado: Tribunal Administrativo Del Cesar

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veinticinco (25) de octubre de dos mil veintidós (2022) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-05288-00 Referencia: Acción de tutela Actor: ERASMO ROJAS FLÓREZ Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por el señor ERASMO ROJAS FLÓREZ contra el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CESAR, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al acceso a la administración de justicia y al principio de seguridad jurídica, al haber proferido la providencia de 7 de abril de 2022, dentro del proceso ejecutivo identificado con el número único de radicación 2018-00463-01 En consecuencia, se dispone: a): Notifíquese a los magistrados del Tribunal Administrativo del Cesar.

Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-05288-00 Actor: ERASMO ROJAS FLÓREZ Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlense y notifíquese a los señores EVIS DANIELA, JOSÉ GABRIEL, YORLADYS y JANER ROJAS GÓMEZ, DEIVER PABA GÓMEZ, JOSÉ y JANIER GUTIÉRREZ GÓMEZ, parte demandante; a la E.S.E. HOSPITAL INMACULADA CONCEPCIÓN DE CHIMICHAGUA, parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción. Asimismo, al JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE VALLEDUPAR, que conoció en primera instancia del proceso en mención. Remítaseles copia de la solicitud de tutela a los señores Evis Daniela, José Gabriel, Yorladys y Janer Rojas Gómez, Deiver Paba Gómez, José y Janier Gutiérrez Gómez, al Gerente de la E.S.E. Hospital Inmaculada Concepción de Chimichagua (Cesar), y al Juez Primero Administrativo del Circuito de Valledupar, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-05288-00 Actor: ERASMO ROJAS FLÓREZ Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela. d): Tiénese al doctor FABIO GUERRERO MONTES como apoderado especial del demandante, de conformidad con el poder obrante en el expediente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera