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15001233100020080045402Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2014-04-29

Radicación interna: 50825 · ACCION DE REPARACION DIRECTA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Carlos Antonio Rivadeneira Neira Y Otros, Parques Nacionales Naturales De Colombia·Demandado: Ministerio De Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial, Unidad Administrativa Especial Del Sistema De Parques Nacionales Naturales

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Martín Bermúdez Muñoz. Referencia: Acción de reparación directa Radicación: 15001-23-31-000-2008-00454-02 (50825) Demandantes: Carlos Antonio Rivadeneira Neira y otros Demandados: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Aclaro mi voto porque advierto que el daño consistió en la ocupación material y jurídica del inmueble.

Concluir que fue “el no pago de la indemnización” para contar la caducidad a partir de ese momento, implica confundir las nociones de daño y perjuicio y variar lo pedido en la demanda. El daño hace referencia a la vulneración del derecho o el interés jurídico tutelado, mientras que el perjuicio implica las consecuencias que el daño trae consigo, esto es, la aminoración o menoscabo que resulte de esa vulneración1.

De tal forma que, a mi juicio la demanda fue interpuesta de forma extemporánea y debió declararse la caducidad de la acción. Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado 1 Así lo he dicho en otras ocasiones: Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B, Aclaración de voto a la Sentencia de 26 de julio de 2021, exp. 46218.