Radicado: 25000-23-37-000-2018-00591-01 (26175) Demandante: Pablo Enrique Zamora Rodríguez 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA SALVAMENTO DE VOTO Referencia Nulidad y restablecimiento del derecho Radicación 25000-23-37-000-2018-00591-01 (26175) Demandante PABLO ENRIQUE ZAMORA RODRÍGUEZ Demandado UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES UGPP Con todo respeto por la decisión mayoritaria salvo el voto en la sentencia dictada en el proceso de la referencia, que declaró la nulidad parcial de los actos demandados, por las siguientes razones: En el fallo a pesar de lo expuesto por la demandada y el Tribunal, se afirma que el contribuyente se encuentra legitimado para adjuntar al proceso judicial los medios de convicción que den cuenta de la periodicidad de los ingresos obtenidos, así como de los costos y gastos atribuibles a los respectivos períodos fiscalizados.
Y, a partir de la valoración de las pruebas presentadas en sede judicial se reliquida el IBC en cada uno de los periodos fiscalizados del año 2014. Sin embargo, en mi criterio, no allegar pruebas en sede administrativa cuando la fiscalización se dirige exclusivamente a su acreditación configura un indicio en contra de la parte demandante, por lo que para valorarse las pruebas ante la jurisdicción debe exigírsele que previamente despliegue una carga argumentativa y fáctica que justifique la omisión en que se incurrió, carga que en este caso no se observó. De esta manera, no podían considerarse las pruebas allegadas en sede judicial, por cuanto se vulnera el derecho al debido proceso y de defensa que tiene la parte demandada y que debe garantizar el juez.
Atentamente, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica:https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador